Cobrar la pensión chilena viviendo en Argentina: AFP, IPS y PGU
Una pensión chilena del IPS o de una AFP se puede cobrar viviendo en Argentina: el convenio de 1996 prohíbe reducirla por ese motivo. La PGU es distinta: exige residir en Chile y se extingue tras más de 180 días al año fuera.
Por la redacción de Chilenos en Argentina · Actualizado el · 7 min de lectura

En resumen
- Convenio Chile-Argentina
- Firmado en Buenos Aires el 26 de abril de 1996, en vigor desde el 1 de enero de 2010
- Pensión del IPS o de una AFP
- No se reduce, suspende ni extingue por residir en Argentina (art. 5 del convenio)
- Pensionados del IPS
- Certificado de supervivencia cada año, en el consulado o por Videoatención del IPS
- PGU
- Se extingue si pasas más de 180 días en un año calendario fuera de Chile (Ley 21.419, art. 18 b)
El artículo 5 del convenio tampoco permite suspenderla ni extinguirla porque vivas en Argentina. Para seguir cobrando, debes acreditar que sigues con vida: en el IPS el certificado de supervivencia es anual y se tramita en el consulado o por Videoatención, y en una AFP es periódico y se pide a la Superintendencia de Pensiones.
Qué cambia según el tipo de pensión
| Pensión | ¿Se cobra viviendo en Argentina? | Qué te pide Chile mientras vives en Argentina |
|---|---|---|
| IPS | Sí, el convenio impide reducirla por residir en Argentina | Certificado de supervivencia cada año, en el consulado o por Videoatención del IPS |
| AFP | Sí, el convenio impide reducirla por residir en Argentina; se paga desde tu cuenta individual | Certificado de supervivencia periódico en la Superintendencia de Pensiones, por videollamada o en el consulado |
| PGU | No de forma sostenida: se extingue si pasas más de 180 días en un año calendario fuera de Chile | Residencia en Chile (Ley 21.419, arts. 10 y 18) |
Qué cubre el convenio y desde cuándo rige
Se firmó en Buenos Aires el 26 de abril de 1996 y entró en vigor el 1 de enero de 2010. Argentina lo aprobó con la Ley 26.525 (Boletín Oficial del 28 de octubre de 2009) y Chile lo promulgó con el Decreto 164, publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 2009.
Se aplica a quienes trabajaron y cotizaron en alguno de los dos países, sin importar su nacionalidad (art. 3), y a sus familiares para las pensiones de sobrevivencia. Del lado chileno cubre el sistema de AFP y los regímenes del IPS. Del lado argentino cubre el sistema previsional, con jubilaciones y pensiones por invalidez y por fallecimiento.
Pensión del IPS: cómo se cobra en Argentina y qué debes acreditar
Si eres pensionado del IPS, vives en Argentina y cobras por Western Union, el consulado te ayuda con el número de transferencia internacional (MTCN) y con las consultas sobre tu pensión. Puedes llamar al consulado que corresponde a tu domicilio o completar el formulario de Chile en el Exterior, eligiendo la opción Servicios Consulares / Pensiones al exterior, con la imagen de tu cédula chilena. Si cobra un apoderado, se adjunta la imagen del poder de cobro previsional y de su cédula.
El IPS exige a los pensionados que viven fuera de Chile acreditar cada año que siguen con vida. Hay dos formas:
- En el consulado. Pide turno (hora agendada) en el consulado de tu residencia con el comprobante o la liquidación de pago de tu pensión y una fotocopia de tu cédula chilena. El consulado emite el certificado y lo envía por valija diplomática al Ministerio de Relaciones Exteriores, que lo legaliza y lo remite al IPS. El valor de esta actuación consular está fijado en el Arancel Consular (Ley 18.340), y el cónsul puede aplicar la gratuidad.
- Por Videoatención del IPS. Entra a ips.gob.cl, haz clic en Videoatención y elige la renovación del certificado de supervivencia, con tu cédula a mano y cámara y micrófono activados. Atienden de lunes a jueves de 8:00 a 18:00 y los viernes de 8:00 a 17:00, hora de Chile. Esta vía es responsabilidad exclusiva del pensionado, no del consulado.
Si cobras a través de un apoderado que vive en Chile, debes enviarle el certificado de supervivencia. Esa persona lo entrega en el Centro de Atención Previsional IPS del lugar de pago, con un poder vigente.
Pensión de AFP viviendo en Argentina
Tu pensión de AFP sale de tu cuenta de capitalización individual (convenio, art. 13.1). El convenio también permite que un afiliado a una AFP siga cotizando de forma voluntaria como trabajador independiente mientras vive en Argentina (art. 13.3). Pregunta a tu AFP cómo recibir el pago en Argentina.
Quienes reciben una pensión de una AFP o del IPS en virtud de un convenio deben pedir periódicamente a la Superintendencia de Pensiones un certificado de supervivencia. En línea, completas el formulario de la Superintendencia y eliges Atención Virtual (Videollamada). Después reservas fecha y hora y te conectas con cámara. Si prefieres hacerlo en persona, ve al consulado de Chile donde vives.
La PGU se pierde con más de 180 días al año fuera de Chile
La Ley 21.419 exige para la PGU tener 65 años, no integrar un grupo familiar del 10% más rico de la población y acreditar residencia en Chile. La residencia exigida es de al menos 20 años, continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20, y de al menos 4 de los últimos 5 años antes de pedirla. Una vez que la tienes, el artículo 18 letra b) la extingue si permaneces fuera de Chile más de 180 días, continuos o discontinuos, durante un año calendario. Para volver a pedirla debes haber residido en Chile al menos 270 días en el año anterior.
Si tu vida se reparte entre los dos países, lleva la cuenta de tus días fuera de Chile: se suman aunque no sean seguidos.
Cómo pedir una pensión chilena desde Argentina
Las personas afiliadas a un sistema previsional chileno que viven en un país con convenio pueden pedir sus beneficios en su país de residencia. En Argentina:
- Acércate a un organismo de enlace: la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) o la Superintendencia de Servicios de Salud y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
- Firma en ese organismo la solicitud de pensión.
ANSES atiende los trámites por convenio internacional con turno, de forma presencial y gratuita. En el AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires), la oficina es la Unidad de Atención de Trámites con Organismos Externos, en Pte. Juan D. Perón 332, CABA, de 8 a 14 h. En el resto del país, la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio. Los trámites de supervivencia piden tu cédula chilena. Si tienes que renovarla, mira cómo se hace desde Argentina.
Si trabajaste en los dos países
El convenio suma los períodos cotizados en cada país cuando hace falta para adquirir, conservar o recuperar el derecho a una pensión. Cada institución paga la parte que corresponde a los años cumplidos bajo su sistema.
En Argentina, la jubilación ordinaria exige 30 años de aportes además de la edad que fija la ley, y un convenio internacional permite llegar a ese total sumando los años del otro país. Los años que aportes ahora en Argentina también cuentan. Cómo registrarte para trabajar está en trabajar en Argentina siendo chileno.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar mi pensión de AFP viviendo en Argentina?
Sí. El convenio de seguridad social prohíbe reducir, suspender o extinguir una pensión porque el pensionado viva en el otro país (art. 5). Pregunta a tu AFP cómo recibir el pago en Argentina.
¿Cada cuánto debo acreditar que sigo con vida?
Cada año si cobras del IPS, que exige acreditar la supervivencia a quienes viven en el exterior. Si cobras de una AFP, la Superintendencia de Pensiones pide el certificado de supervivencia de forma periódica.
¿Puedo cobrar la PGU viviendo en Argentina?
No de forma sostenida. La Ley 21.419 extingue la PGU si el beneficiario permanece fuera de Chile más de 180 días, continuos o discontinuos, durante un año calendario.
¿Dónde pido una pensión chilena si vivo en Argentina?
En un organismo de enlace en Argentina: ANSES, o la Superintendencia de Servicios de Salud y el PAMI. Allí firmas la solicitud, que se tramita en Chile.
¿Los años aportados en Chile cuentan para jubilarme en Argentina?
Sí, pueden sumarse. El convenio totaliza los períodos de ambos países cuando hace falta para adquirir el derecho. Por ejemplo, años cotizados en Chile pueden completar los 30 años de aportes que exige la jubilación ordinaria argentina, además de la edad legal.
Fuentes
- Superintendencia de Pensiones: Argentina - SP. Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile · Decreto 164, organismos de enlace en Argentina (ANSES, Superintendencia de Servicios de Salud y PAMI), alcance del convenio; revisado el 4 de octubre de 2026
- Superintendencia de Pensiones: Vivo en el extranjero, pero coticé en Chile: ¿cómo puedo solicitar una pensión? · Solicitud de beneficios en el país de residencia mediante el organismo de enlace; revisado el 4 de octubre de 2026
- Superintendencia de Pensiones: Certificado de Supervivencia o Fe de Vida · Certificado periódico para pensionados AFP o IPS bajo convenio; trámite en línea por videollamada, en oficina o en el consulado; revisado el 4 de octubre de 2026
- InfoLeg: Ley 26525 Convenio Argentina y Chile - Seguridad Social · Firma el 26 de abril de 1996, Ley 26.525 (BO 28 de octubre de 2009) y entrada en vigor el 1 de enero de 2010; revisado el 4 de octubre de 2026
- InfoLeg: Convenio de Seguridad Social entre la República Argentina y la República de Chile (anexo de la Ley 26.525) · Arts. 2, 3, 5, 9, 10 y 13 del convenio; revisado el 4 de octubre de 2026
- Consulado.gob.cl: Certificación de Supervivencia IPS · Supervivencia anual ante el IPS, vía consulado o Videoatención, requisitos, horarios y arancel; revisado el 4 de octubre de 2026
- Chile en el Exterior: Información para pensionados IPS en Argentina · Número de transferencia internacional (MTCN) y formulario Pensiones al exterior para pensionados IPS en Argentina; página sin fecha de publicación, revisado el 4 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional: Ley 21.419 crea la Pensión Garantizada Universal · Arts. 10 y 18 b): requisitos de residencia y extinción tras más de 180 días fuera de Chile; revisado el 4 de octubre de 2026
- Argentina.gob.ar: Tramitar prestaciones por Convenio Internacional de Seguridad Social · Trámite gratuito y con turno en ANSES, oficina para AMBA e interior; revisado el 4 de octubre de 2026
- Argentina.gob.ar: Convenios internacionales de Seguridad Social · Convenio con Chile y ejemplo de los 30 años de aportes sumando períodos del otro país; revisado el 4 de octubre de 2026


